El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó los lineamientos técnicos que regirán para la obtención de plasma de donantes convalecientes del covid-19, cuyo objetivo principal es garantizar la seguridad y la eficacia del tratamiento. Esta seguridad está dirigida al donante, al personal que lo realiza y al receptor.
La Directiva Sanitaria N° 103 MINSA/2020/DIGDOT, publicada en el diario oficial El Peruano a través de la Resolución Ministerial Nº 339-2020-MINSA, establece que los donantes convalecientes de COVID-19 no deben tener antecedentes de transfusiones sanguíneas, enfermedades crónicas y otros, y en el caso de las mujeres, además, no deben tener antecedentes gestacionales.
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Asimismo, señala que los donantes deben presentar remisión completa de los síntomas de COVID-19 en los últimos 28 días antes de la donación o de 14 días comprobados con prueba molecular.
Esta directiva también indica lineamientos para la selección, extracción, procesamiento, almacenamiento, distribución y transporte de plasma del donante.
Si bien queda establecido la obligación de mantener la trazabilidad entre donantes y receptores, también señala que la confidencialidad es obligatoria, reservada y solo de conocimiento de las autoridades del Minsa.
Finalmente, se precisa que el uso de plasma del donante debe realizarse en el marco de un estudio de investigación como ensayo clínico autorizado o dentro de un programa de uso compasivo.
Con información de Agencia Andina.